Nueva ley de crédito al consumo: qué cambia (y qué no) el 20 de noviembre de 2026

Actualizado: 2026-10-14 · Equipo Prestámetro · Cómo comparamos

Estado comprobado el 14 de octubre de 2026: anteproyecto sin aprobar; Cortes disueltas (elecciones el 29 de noviembre; nuevas Cámaras el 23 de diciembre de 2026).

¿Entra en vigor una nueva ley de crédito al consumo el 20 de noviembre de 2026?

No en España. Ese día empieza a aplicarse en la Unión Europea la Directiva (UE) 2023/2225, pero España no la ha incorporado a su derecho: el texto del Gobierno es un anteproyecto aprobado en primera vuelta el 7 de enero de 2026 que no ha llegado al Congreso, y las Cortes se disolvieron el 6 de octubre. Para quien pide un minicrédito, ese día no cambia nada por sí solo: siguen rigiendo la Ley 16/2011 de crédito al consumo, la ley de contratos a distancia y la doctrina del Tribunal Supremo sobre la usura. Las cifras que circulan —22 % de TAE, 4 % o 6 % de interés al mes, plazo mínimo de 3 meses— son propuestas y ya han cambiado de una versión a otra.

Qué es la directiva europea y cuándo se aplica

La Directiva (UE) 2023/2225, de 18 de octubre de 2023, sustituye a la directiva de crédito al consumo de 2008. Los Estados tenían hasta el 20 de noviembre de 2025 para incorporarla a su derecho, y sus normas se aplican desde el 20 de noviembre de 2026. Lo que más toca a los minicréditos:

Es una directiva: obliga a los Estados, no directamente a los prestamistas. Un consumidor no puede exigir a una empresa privada una obligación que sólo figura en una directiva sin incorporar, aunque los jueces deben interpretar la ley española, en lo posible, a la luz de ella. Tampoco se aplica a los contratos que ya estén en vigor el 20 de noviembre de 2026.

En qué punto está España

A 14 de octubre de 2026 no hay ninguna ley ni real decreto-ley publicado en el BOE que incorpore la directiva. Esto es lo que consta:

Qué rige en España a partir del 20 de noviembre

Mientras no se apruebe una ley española, a un minicrédito se le siguen aplicando las mismas normas que hoy:

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Qué propone el anteproyecto (propuesta: puede cambiar)

Nada de esto está en vigor. Hay dos versiones: la que el Ministerio de Economía publicó para audiencia pública en enero de 2026 y una revisada en agosto que no se ha publicado y que se conoce por los informes oficiales de la CNMC (14 de septiembre) y del CES (6 de octubre). Las líneas generales:

Las cifras concretas ya han cambiado de una versión a otra:

PuntoTexto de enero de 2026Versión revisada (agosto de 2026)
TAE máxima transitoria (crédito en general)22 %22 %
Interés mensual máximo del crédito de alto coste4 %6 %
Comisión de apertura del crédito de alto costeHasta el 5 % del importe, con un máximo de 30 €De 10 a 15 €
Plazo del crédito de alto costeDe 3 a 12 meses, en cuotas mensualesDe 3 a 12 meses; sin préstamos de un solo pago
Topes que publica el Banco de EspañaCada trimestreCada semestre
Entrada en vigorA los 20 días de publicarse en el BOE; los topes, a los 3 mesesA los 3 meses de publicarse en el BOE

Enero: texto del anteproyecto publicado por el Ministerio de Economía para audiencia pública. Agosto: versión no publicada, según el informe IPN/CNMC/037/26 de la CNMC y el Dictamen 12/2026 del CES. Ninguna de las dos está en vigor.

La versión revisada añade que la Ley de Usura de 1908 dejaría de aplicarse a los contratos sujetos a la nueva ley; el CES pide mantenerla para no rebajar la protección actual. La CNMC recomienda calibrar los topes con datos del mercado español, advierte de que unos topes rígidos pueden dejar fuera a los consumidores de más riesgo y empujarlos a circuitos informales, y propone eliminar la amortización gradual obligatoria en el alto coste. El texto final dependerá del próximo Gobierno y de las nuevas Cortes.

Calendario: qué ha pasado y qué falta

Lo que falta para que haya ley: que el Gobierno apruebe el texto en segunda vuelta como proyecto de ley, que las Cortes lo tramiten y lo aprueben, que se publique en el BOE y que entre en vigor (tres meses después, según la versión revisada). Hoy no hay una fecha fiable para que se aplique en España.

Si pides un minicrédito después del 20 de noviembre

Preguntas frecuentes

¿La nueva ley de crédito al consumo entra en vigor el 20 de noviembre de 2026?
No en España. Desde esa fecha se aplica en la UE la Directiva (UE) 2023/2225, pero la ley española que debe incorporarla es todavía un anteproyecto sin aprobar y las Cortes están disueltas desde el 6 de octubre de 2026.
¿Habrá un límite al interés de los minicréditos?
Está propuesto, no aprobado. El anteproyecto fija una TAE máxima para el crédito en general, con un 22 % transitorio, y un régimen propio para el crédito de alto coste cuyo interés mensual máximo ha pasado del 4 % en el texto de enero al 6 % en la versión revisada de agosto.
¿Desaparecerán los préstamos a 30 días?
Hoy siguen siendo legales. El anteproyecto propone un plazo de 3 a 12 meses para los créditos de alto coste, pero sólo se aplicaría si se aprueba y entra en vigor una ley con ese contenido.
¿Los préstamos de menos de 200 € tienen protección?
La Ley 16/2011 los excluye; la directiva y el anteproyecto sí los incluyen. Si se contratan por internet, la ley de contratos a distancia reconoce en general 14 días para desistir.
¿Pueden usar mis redes sociales para decidir si me prestan?
La directiva lo prohíbe y el anteproyecto lo recoge, pero esa prohibición expresa llegará con la ley española que la incorpore.
¿Quién supervisa a las empresas de minicréditos?
Según el Banco de España, la mayoría de las empresas que conceden este tipo de financiación no están supervisadas por él. El anteproyecto exigiría que todas tuvieran su autorización.
¿Me afecta si ya tengo un préstamo firmado?
No. La directiva no se aplica a los contratos vigentes el 20 de noviembre de 2026 y el anteproyecto no sería retroactivo, salvo que el contrato se renueve o se modifique después de que entre en vigor.
¿Qué ha hecho la Comisión Europea?
El 1 de octubre de 2026 envió a España un dictamen motivado (INFR(2026)0059) por no comunicar la transposición completa de la directiva. España tiene dos meses para responder; después, la Comisión puede llevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE.

Fuentes

Comprobado el 14 de octubre de 2026. La versión revisada del anteproyecto (agosto de 2026) no se ha publicado: sus cifras proceden de los informes de la CNMC y del CES.

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